Fondo de Garantía de Depósitos

Con el objetivo de conseguir una mejor organización del sistema de garantías bancarias sobre los ahorros, la Administración Pública fomentó la creación del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). En caso de que no conozcáis a esta entidad de carácter financiero, os animamos a que os quedéis en este post, ya que hablaremos detalladamente de los Fondos de Garantía de Depósitos.

¿Qué es el fondo de garantía de depósitos?

El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es un organismo con personalidad jurídica propia, y de carácter financiero, que tiene como finalidad principal proteger el dinero que ha sido invertido en cuentas y depósitos bancarios cuando los bancos caigan en situaciones de quiebra.

La posible insolvencia del sector financiero español está vigilada por la Administración Pública, algo que ya supone una garantía para los ahorros de las personas. Aun así, el Fondo de Garantía de Depósitos es un organismo muy relevante ya que proporciona más seguridad todavía a los ahorradores, interviniendo en casos de quiebra de los bancos.

El FGD es un organismo que engloba a 117 entidades bancarias (en marzo de 2020). Dichas entidades son aquellas que aparecen en el Registro Especial del Banco de España, ya que al aparecer en él, están obligadas por ley a pertenecer al Fondo de Garantía de Depósitos.

El requisito inicial para que el FGD intervenga es que la entidad financiera en cuestión se declare en concurso de acreedores. Esta declaración se traduce en que el banco hace oficial que no le es posible hacer frente a sus pagos pendientes. Otra opción es que el Banco de España considere que una entidad financiera determinada no pueda pagar sus deudas, sin necesidad de que el último se declare en concurso de acreedores.

Una vez que lo mencionado anteriormente ocurre, la intervención del Fondo de Garantía de Depósitos consta de los siguientes pasos:

  1. El banco intervenido debe entregar al FGD los datos de los clientes que tienen depósitos en dicho banco, incluyendo la cantidad de los fondos que han sido depositados.
  2. Con el simple prerrequisito de que los clientes perjudicados tengan otra cuenta bancaria, el FGD ingresará la cantidad que corresponda a cada persona. En esta parte del proceso, las personas beneficiarias no tienen necesidad de realizar gestión alguna.
  3. El ingreso del dinero en las cuentas de los beneficiarios se realizará en los siguientes períodos:
  • Desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020, 15 días hábiles.
  • Desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, 10 días hábiles.
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Cobertura del fondo de garantía de depósitos

Los productos financieros bajo protección del Fondo de Garantía de Depósitos son:

  • Depósitos bancarios: Dentro de este apartado, los depósitos seguros son aquellos a plazo fijo, además de los combinados y de los estructurados. Sin embargo, los depósitos a plazo fijo presentan la particularidad de que también se garantizan los beneficios procedentes de la rentabilidad.
  • Cuentas de ahorro y cuentas corrientes: Ambos instrumentos financieros cuentan con la seguridad proporcionada en la misma forma que los depósitos seguros.

Hay que destacar que el FGD en España cubre los productos anteriormente descritos pero hasta una cuantía máxima, 100.000 euros por cada titular de cuenta bancaria en una entidad que ha quebrado. Por tanto, en situaciones de depósitos con dos titulares, el FGD cubre 200.000 euros si se suman las cantidades de ambos titulares.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que si un cliente determinado tiene adquiridos varios instrumentos financieros en una misma entidad, y el total de los fondos es superior a 100.000 euros, el cliente perderá la parte que supere a dicha cantidad. Por esta razón es recomendable diversificar ahorros en bancos diferentes.

Para personas que mantienen inversiones en bancos de países extranjeros, pero dentro de la Unión Europea, estas cuentan con las mismas garantías que para el caso de bancos españoles. Esto se debe a que la UE establece que los bancos de los países miembros deben estar adheridos a un fondo de garantías que cubra hasta 100.000 euros por titular y cuenta, como el Fondo de Garantía de Depósitos en España.

Conclusión

Es de sentido común que toda persona que invierte sus ahorros en un banco, exija ciertas garantías de que no va a perderlos. En este sentido, El Fondo de Garantía de Depósitos, con sus entidades adscritas, se constituye como una fuente de seguridad adicional para los inversores.

Además, en Alter Finance te ofrecemos nuestros servicios de asesoramiento financiero. Contáctanos cuando lo necesites.

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